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Requisitos medioambientales para importaciones a la UE

Para proteger el medio ambiente, las mercancías importadas en la Union Europea deben cumplir una serie de requisitos específicos (vea abajo). El Export Helpdesk de la Comisión Europea ofrece un lisatado en donde los exportadores pueden consultar los requisitos aplicables a productos específicos.

Los principales requisitos se refieren a productos químicos, sustancias que agotan la capa de ozono, gases fluorados de efecto invernadero, especies en peligro de extinción y residuos. Para comprobar si estos requisitos se aplican a su producto, vaya a Mi exportación.

Los principales requisitos se aplican a los siguientes sectores:

  • Productos químicos

Control del comercio de productos químicos peligrosos: Las importaciones de determinados productos químicos peligrosos a la UE están sujetas a controles según el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional. Implementado en la legislación europea.

Toda la información relacionada con los requisitos de importación puede consultarse en la Base de Datos Europea sobre la Importación-Exportación de Productos Químicos Peligrosos (EDEXIM).

Control de contaminantes orgánicos persistentes (COP): El objetivo de la política de la UE consiste en eliminar o minimizar el uso de estos productos, de conformidad con el Convenio de Estocolmo sobre COP y el Protocolo del Convenio sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia de la CEPE. Implementado en la legislación europea. Más información sobre contaminantes orgánicos persistentes.

Registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y preparados químicos (REACH): REACH es la normativa de la UE relativa a los productos químicos que entró en vigor en junio de 2007. En varias fases, REACH determina un nuevo sistema para las sustancias existentes y las nuevas y establece una serie de requisitos para los productores de la UE y para los importadores de la UE de sustancias químicas y productos con sustancias químicas.

Los principales requisitos se refieren a productos químicos, sustancias que agotan la capa de ozono, gases fluorados de efecto invernadero, especies en peligro de extinción y residuos."

En la Unión Europea, la industria química es la encargada de facilitar información sobre las propiedades de las sustancias químicas que produce. Esta información se almacena en una base de datos central gestionada por la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), que administra y coordina todo el proceso.

Clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas: Antes de que los productos químicos puedan llegar al mercado de la UE, deben ser clasificados, etiquetados y envasados de conformidad con el Sistema Globalmente Armonizado (SGA) de la ONU, que clasifica los productos químicos conforme a sus propiedades peligrosas. Este sistema se ha implementado en la UE a través de la legislación europea, que va a sustituir progresivamente la legislación actual a partir de 2015. Más información sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.

Productos fitosanitarios y biocidas: Antes de comercializar los productos fitosanitarios en la UE, estos, al igual que muchos de los ingredientes de sus componentes, deben ser autorizados. La autorización y las condiciones de aprobación se establecen en la legislación europea. Más información sobre los productos fitosanitarios (en inglés).

 

  • Sustancias que agotan la capa de ozono

Si usted es un exportador de productos que contienen sustancias que agotan la capa de ozono (por ejemplo, pulverizadores, refrigeradores, disolventes o extintores), deberá asegurarse de que dichas sustancias que agotan la capa de ozono no están prohibidas en la UE. Algunos productos químicos como los (hidro-) clorofluorocarbonos (CFC y HCFC) y el bromuro de metilo provocan un agotamiento general de la capa de ozono y contribuyen al calentamiento global.

Las sustancias que agotan la capa de ozono pueden entrar en la UE en cantidades limitadas y solo en condiciones estrictas. En particular:

  1. se autorizarán únicamente para usos esenciales cuando no exista otra alternativa
  2. el país de origen (no perteneciente a la UE) debe ser signatario del Protocolo de Montreal sobre sustancias que agotan la capa de ozono de 1987
  3. deben ir acompañadas de una licencia de importación expedida por la UE (DG Medio Ambiente), con una cuota anual

 Las condiciones están recogidas en el Reglamento (CE) nº 1005/2009, de conformidad con el Protocolo de Montreal sobre el control de sustancias que agotan la capa de ozono. Están prohibidas las importaciones de productos y equipos que contengan o estén basados en sustancias que agotan la capa de ozono. Más información sobre protección de la capa de ozono.

 

  • Gases fluorados de efecto invernadero

Si desea exportar productos de refrigeración, equipos de aire acondicionado y bombas de calor, equipos de conmutación de alta tensión, calzado, neumáticos, aerosoles o sistemas de protección contra incendios a la UE, deberá asegurarse de que sus productos reúnen los requisitos relativos al uso de gases fluorados de efecto invernadero.

La política de la UE persigue reducir las emisiones de los gases fluorados de efecto invernadero recogidos en el Protocolo de Kioto (hidrofluorocarbonos, perfluorocarbonos y hexafluoruro de azufre). Normas que regulan la comercialización de dichas sustanciasMás información sobre gases fluorados de efecto invernadero.

 

  • Especies amenazadas (CITES)

Con el fin de que el comercio internacional de la vida silvestre no amenace la conservación de las especies amenazadas, las importaciones de estas especies en la UE están sujetas a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) de 1973.

Si desea exportar flora o fauna silvestre o sus productos asociados, deberá tomar en consideración las disposiciones establecidas por la CITES para asegurar la entrada de sus productos en la UE. De conformidad con la CITES, se prohíbe o restringe el comercio de especímenes de determinados animales y vegetales (amenazados) o productos que contengan material de dichos especímenes (como artículos de cuero, artesanía, joyas, flores, vegetales, muebles y antigüedades).

Como consecuencia, la UE prohíbe la importación de especímenes de determinadas especies amenazadas. En cuanto a los especímenes de otras especies, se permite la importación bajo unas condiciones determinadas pero únicamente si el envío va acompañado de los documentos oficiales: permisos de (re)exportación, permisos de importación o notificaciones de importación.

Según la legislación europea, los especímenes de especies amenazadas (y sus partes o derivados) que entren en la UE deberán ir acompañados de permisos y certificados. Más información sobre comercio de la flora y fauna silvestres

 

  • Residuos

Traslados de residuos: La política de la UE exige que todos los residuos que entren en la UE se autoricen con antelación y se notifiquen a las autoridades. Los residuos radiactivos están sujetos a unos requisitos específicos. Más información sobre el traslado de residuos

Residuos de envases: Todos los envases que se comercializan en la UE deben cumplir unos requisitos básicos en cuanto a composición y valorización. El objetivo de estos requisitos es prevenir la producción de residuos de envases, promover la reutilización de los envases (mediante el reciclado u otras formas de recuperación de residuos de envases) y, así, reducir la eliminación final de dichos residuos. Más información sobre la política de la UE en materia de residuos de envases.

Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE): La normativa de la UE restringe el uso de sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, y promueve la reutilización, el reciclado y otras formas de valorización de dichos residuos. Normativa de la UE en materia de residuos de aparatos eléctricos y electrónicosNormativa de la UE en materia de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

Pilas y acumuladores: La normativa de la UE prohíbe la comercialización de pilas que contengan sustancias peligrosas y exige que las pilas y los acumuladores usados se recojan y se reciclen en programas especiales. Normativa de la UE sobre pilas y acumuladoresMás información sobre la política de la UE en materia de pilas.

 

More info:

Compruebe si estos requisitos se aplican a su producto accediendo a Mi exportación.

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